Negociación del Concurso de Traslados: ANPE urge a la modificación de la normativa que lo regula


03 Oct, 2023

MESA SECTORIAL: 3 de OCTUBRE 2023

 

 

     En la Mesa de hoy se han tratado el siguiente tema del orden del día:

  • RESOLUCIÓN de la directora general de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento de provisión de puestos del personal funcionario docente del cuerpo de maestros, dependientes del ámbito de gestión de la Generalitat Valenciana (descarga el borrador en castellano / valenciano).

  • RESOLUCIÓN de la directora general de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento de provisión de puestos de personal funcionario docente de los cuerpos de catedráticos y profesores de Enseñanza Secundaria, de profesores técnicos de Formación Profesional, de catedráticos y profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de catedráticos y profesores de Música y Artes Escénicas, de catedráticos, profesores y maestros de taller de Artes Plásticas y Diseño, dependientes del ámbito de gestión de la Generalitat Valenciana (descarga el borrador en castellano / valenciano).

  • RESOLUCIÓN de la directora general de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento de provisión de puestos de personal funcionario docente del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa y de Inspectores de Educación, dependientes del ámbito de gestión de la Generalitat Valenciana (descarga el borrador en castellano / valenciano).

 

 

INFORME SOBRE LA REGULACIÓN DEL CONCURSO DE TRASLADOS DEL CURSO 2023-24

 

     Durante el curso pasado se dieron dos situaciones tras cuyo conocimiento ANPE ya advirtió de que dichas modificaciones iban a traer multitud de problemas y desajustes en el sistema, como de hecho ya está ocurriendo. Estas modificaciones han sido:

•   Las impuestas por distintas Sentencias Judiciales derivadas de la aplicación de directivas europeas.

•   Las derivadas por la aplicación en el sector docente de acuerdos firmados por otras organizaciones sindicales junto con el Ministerio.

     Las primeras, se introdujeron ya en el Concurso de Traslados del curso pasado y fueron debidas a sentencias judiciales, entre ellas la valoración de la antigüedad en el cuerpo, que ya no se considera sólo la acumulada como funcionario de carrera, sino que cuenta también la antigüedad como funcionario  interino y en prácticas.

     Las segundas, se producirán por primera vez este curso y son debidas al acuerdo firmado entre el Ministerio y organizaciones sindicales, entre las que ANPE no se encuentra. Como consecuencia, los funcionarios seleccionados por el concurso de méritos, que son funcionarios de carrera desde el 1 de septiembre, concursarán con puntos desde este año, mientras que los seleccionados por el concurso oposición, concursarán con 0 puntos como funcionarios en prácticas que son.

     Ante estas modificaciones impuestas, y los nulos avances realizados hasta la fecha, desde ANPE hemos vuelto a exigir a la Conselleria que, junto al resto de comunidades autónomas, aborde una reforma completa del actual concurso de traslados, única solución posible, que pasa por modificar el baremo del Real Decreto del Concurso General de Traslados actual, ya que provoca desequilibrios.

     Mientras tanto, la propuesta de la administración ha sido la de mantener la convocatoria autonómica de este año bajo las mismas condiciones del concurso de hace dos años, con la única salvedad de actualizarlas para recoger la también reciente integración del cuerpo de PTFP en el cuerpo de secundaria y la creación del cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares.

     En relación a toda esta problemática, a la cual no se ha ofrecido una solución, finalmente se ha propuesto realizar una modificación del apartado 1.1.1 del baremo (antigüedad en el centro desde el que se concursa) que pasa a ser de 4 puntos para el 1º y 2º año, 6 puntos para el 3er año y 8 puntos por el 4º y sucesivos años. Una medida que únicamente puede solventar la problemática para una parte de los docentes pero que dista mucho de ser una solución óptima para la situación. ANPE ha aceptado que se pueda llevar a cabo dicha modificación, siempre que haya garantías jurídicas plenas con su ejecución.

Estas son las principales cuestiones generales para los concursos de traslados del curso 2023-24:

1) ESTE CONCURSO ES DE ÁMBITO AUTONÓMICO.

     Consecuentemente sólo se puede concursar para optar a plazas de la Comunidad Valenciana y únicamente pueden concursar el personal funcionario de carrera o en prácticas dependiente de la Generalitat Valenciana.

     El personal funcionario dependiente de otras administraciones educativas no pueden solicitar plazas correspondientes a esta convocatoria.

 

2) PRESENTACIÓN TELEMÁTICA DE SOLICITUD Y DE  REQUISITOS. 

      Las solicitudes de participación se realizarán exclusivamente a través de OVIDOC. Además de la documentación acreditativa de los méritos se deberá aportar los siguientes documentos:

CUERPO DE MAESTROS:

  • Documentos para solicitar nuevas habilitaciones (las personas que se acaban de incorporar al cuerpo de Maestr@s por concurso de méritos ya pueden hacer uso de esta vía para solicitar habilitaciones)

  • Documentos que certifiquen el requisito lingüístico exigido en determinadas vacantes.

 

SECUNDARIA Y OTROS CUERPOS:

  • Documentos para poder optar a puestos de la especialidad FPA Comunicación Valenciano/Inglés.

  • Documentos que certifiquen el requisito lingüístico exigido en determinadas vacantes.

 

3) PRESENTACIÓN TELEMÁTICA DE DOCUMENTACIÓN DE MÉRITOS  

     El participante declarará que reúne los requisitos exigidos para participar y que los documentos aportados son veraces. En el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportada, podrá ser excluido de su participación en ese procedimiento, con independencia de las responsabilidades a que hubiera lugar.

 

4) EL CERTIFICADO DE CAPACITACIÓN DE VALENCIÀ (CCV) PUNTUA COMO MÉRITO. En el apartado 6.7 del baremo se puntuará el CCV con 2 puntos, el C2 de valencià con 5 puntos y el Mestre con 5 puntos.

 

5) EL CERTIFICADO DE NIVEL C1 DE IDIOMAS PUNTUA COMO EQUIVALENTE A LA CAPACITACIÓN DE LENGUAS EXTRANJERAS. En el apartado 6.1.d del baremo se valorará de igual manera los certificados de C1 de idiomas aceptados por la administración. En caso de tratarse de un certificado de EOI sólo puede puntuar o en este apartado del baremo o en el apartado 3.3 .

 

REIVINDICACIONES COMUNES A TODAS LAS CONVOCATORIAS

    ANPE ha presentado alegaciones a los distintos borradores de las resoluciones exigiendo los siguientes cambios y consideraciones:

CONCURSILLO.

    ANPE ha solicitado ante la nueva directora general de personal un procedimiento de asignación de vacantes con carácter provisional diferenciado de las comisiones de servicio, tal y como se realiza en otras comunidades autónomas. Para ANPE se trata de un procedimiento que proporciona un sistema justo y transparente, y que facilita la conciliación de la vida personal, laboral y familiar. Este procedimiento debe ser independiente  de las comisiones de servicio por interés particular.

 

PLAZAS OFERTADAS Y DETERMINACIÓN DE LAS MISMAS

1. Que se oferte el máximo número posible de vacantes incluyendo aquellas que han surgido fruto del nuevo acuerdo de plantillas y las que han sido ocupadas más de tres cursos continuados de manera provisional, de forma que pasen a ser de catálogo. En el Cuerpo de Maestros hemos solicitado que no se reserven puestos con catalogación de B2 y que las necesidades derivadas de los programas lingüísticos se cubran con oferta de vacantes de  la especialidad de inglés. 

2. Que se incluyan en la oferta de plazas los puestos de FPA, atención hospitalaria, centros de reeducación, aulas UECO  y todas aquellas que aporten estabilidad a las plantillas. 

3. Que se publiquen las vacantes antes del fin del plazo de petición telemática de puestos.

4. Que se aclare si los centros docentes de carácter singular son los que figuran en la Guía de Centros de la página web de la Conselleria y que se estudien fórmulas que procuren la estabilidad del profesorado en los puestos de estos centros.

 

PARTICIPACIÓN VOLUNTARIA 

1. Facilitar la movilidad de los maestros a puestos de 1er ciclo de ESO y FPA.

2. Participación voluntaria del personal funcionario en prácticas y con puntuación según baremo de méritos. 

3. Que el profesorado de Latín y Griego puedan acceder a las plazas de FPA Comunicación Valenciano-Inglés con los mismos requisitos que las especialidades que pueden participar en la actualidad.

4. Que el profesorado de la especialidad de Informática pueda acceder a las plazas de FPA, así como el de otras especialidades que en la actualidad trabajan por ámbitos en los IES.

 

PARTICIPACIÓN OBLIGATORIA 

Que el personal funcionario con destino provisional pueda participar haciendo uso de las especialidades y/o habilitaciones transitorias que tenga reconocidas.

 

DERECHOS PREFERENTES 

1. Derecho preferente a localidad o zona: poder elegir participar por alguna o algunas de las especialidades reconocidas priorizando las mismas (como el derecho preferente a centro). 

2. Que revisen y actualicen el programa de participación para que al rellenar la solicitud con derecho preferente, sólo aparezcan las especialidades del participante y no los puestos (FPA, Ámbito) para que nadie pierda su derecho preferente por rellenar la solicitud de forma incorrecta. Asimismo, que el programa avise de las diferentes opciones y combinaciones y de posibles errores en la consignación, para evitar adjudicación de oficio. 

3.  Derechos preferentes por desplazamiento desde el primer curso de estar en esta situación. La dinámica de  los últimos cursos  ha sido  incrementar  el número y duración de los desplazamientos sin que el personal afectado cuente con ninguna compensación en el concurso por estar en esta situación de incertidumbre. 

4. Para el derecho de concurrencia, que se permita seleccionar si se opta a provincia, área o municipio y no necesariamente de la misma provincia ya que puede interesar pedir varias áreas vecinas de 2 provincias.

 

APORTACIÓN DE MÉRITOS 

1. Registro informático de la documentación presentada y de la baremación para todas las convocatorias futuras. 

2. Acceso a la cuenta formación por parte de las Comisiones Baremadoras. 

3. En los caso en los que se quiera hacer valer la puntuación del concurso anterior pero se desee aportar méritos nuevos y en los casos en los  que se solicite nueva baremación de alguno de los apartados baremados, solicitamos que se anule la posibilidad de que la Administración pueda modificar apartados que no se ha solicitado revisar.


REIVINDICACIONES RELATIVAS AL APARTADO EVALUACIÓN DE MÉRITOS. COMISIONES DE BAREMACIÓN 

    Para ANPE es fundamental que el procedimiento de baremación ofrezca la mayor transparencia y las máximas garantías en su ejecución, para lo cual exigimos la publicación de los criterios de baremación comunes a todas las Comisiones de baremación.

     ANPE ha propuesto que se constituya una comisión técnica con participación de los sindicatos para poder realizar el seguimiento del procedimiento y de la oferta de vacantes. 

     Adicionalmente, ANPE ha solicitado la revisión de algunos apartados del Baremo:

1.1.2 ANTIGÜEDAD. Equiparar la puntuación por año y mes en situación de provisionalidad a la antigüedad como definitivo.

1.1.3 PUESTO,PLAZA O CENTRO DE ESPECIAL DIFICULTAD. Actualizar la clasificación añadiendo a los ya clasificados, los puestos en aulas CyL, UECO, PR4, PMAR y puestos de ámbito de 1 ESO.

     Mantener esta puntuación una vez obtenido un segundo destino tal y como reconocen ya algunas sentencias. Actualmente hay una doble penalización para los funcionarios de carrera con destino definitivo que ocupan estos puestos, ya que no ven recompensado el esfuerzo en el concurso de traslados. Por ello, ANPE ha reclamado que se valoren en el apartado 1.1.3, todos los periodos de servicios prestados en puestos clasificados  de especial dificultad, independientemente de si el puesto desde el cual se concursa está clasificado como tal.

3.1.2 TITULACIÓN UNIVERSITARIA OFICIAL DE MÁSTER. Que se valore más de un título universitario oficial de Máster distinto del requerido para el ingreso a la función pública docente. 

3.1.4. PREMIO EXTRAORDINARIOS. Que se valoren también los premios extraordinarios en las diplomaturas. 

3.3 TITULACIONES DE ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL. Que puntúen certificados de niveles B1, B2, C1, C2 de lenguas extranjeras de todas las entidades reconocidas para la acreditación en lenguas extranjeras. 

4.3 OTRAS FUNCIONES DOCENTES. 

     Que puntúen todas las coordinaciones recogidas en las instrucciones de inicio curso de los diferentes centros. 

     Que puntúe la tutorización de funcionarios en prácticas, de auxiliares de conversación, coordinación de proyectos de innovación, ser miembro de Consejo Escolar, las coordinaciones de zona y resto de figuras de coordinación del modelo de organización de la orientación educativa y profesional, el ejercicio de labores sindicales, miembros de las Juntas de Personal y los delegados de prevención de los CSSLD.

5.1 FORMACIÓN SUPERADA. Valorar las especialidades, diferentes a la de ingreso, obtenidas por titulación universitaria.

5.2. IMPARTICIÓN DE ACTIVIDADES DE FORMACIÓN. Que puntúen como formación impartida, las actividades de coordinación y dirección de todas las modalidades de formación (cursos, seminarios, grupos de trabajo). Reconocer el trabajo realizado como profesor especialista.

6.6.TUTORIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS. Que puntúen las tutorizaciones de las prácticas para la obtención del antiguo diploma de Magisterio.