OPOSICIONES 2024: Nombramiento de los tribunales


15 May, 2024

  

     Se ha publicado hoy en el DOGV la Resolución por la cual se nombran los órganos de selección que han de juzgar el procedimiento selectivo para el ingreso en el cuerpo de maestros y maestras y el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por personal funcionario del mismo cuerpo, convocados por la Orden 11/2023, de 19 de diciembre, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, modificada por la Orden 4/2024, de 12 de marzo.

NOTA INFORMATIVA

Detectado error en la especialidad d'Educación Física del Anexo I publicado, en el que aparece incompleto el último tribunal de la especialidad, se publica el Anexo I completo, a título informativo, pendiente de la publicación del tribunal afectado en el Diario Oficial (DOGV). 

Anexo I

     [15/05/2024] NOVEDAD. Publicada corrección de errores incluyendo la relación de integrantes del tribunal V6 de Educación Física. 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE DISPENSAS Y ABSTENCIONES

El plazo de presentación de dispensas y abstenciones será de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución, del día 13 de mayo de 2024 al 17 de mayo de 2024. Aquellas dispensas y abstenciones que se presenten en fecha posterior no serán tenidas en cuenta.

     Solo serán admisibles como causas de dispensa, además de las situaciones de abstención y recusación que se especifican en los apartados 5.7 y 5.9, las siguientes:

  1. La situación de permiso por maternidad, paternidad biológica, adopción, acogimiento o acumulación de lactancia.
  2. Las situaciones de incapacidad temporal y de riesgo durante el embarazo, debidamente acreditadas.
  3. Los permisos de reducción de jornada de trabajo concedidos hasta el 31 de julio del presente curso al amparo del artículo 48.h, 48.i), 49.e) y 49.f) de Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y del artículo 33 del Decreto 234/2022, de 30 de diciembre, del Consell, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal docente no universitario funcionarial dependiente de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte: permisos y licencias.
  4. El personal que ocupa cargos directivos en los centros docentes, siempre que el presidente o la presidenta del tribunal pueda sustituirlo por las personas vocales suplentes.
  5. Las personas que estén recibiendo un tratamiento de fertilidad.
  6. Las personas con diversidad funcional y movilidad reducida, que actúen en municipios distintos al de su centro de destino, siempre que el presidente o presidenta del tribunal pueda sustituirlas por las personas vocales suplentes.

Abstención

Las personas que integren los órganos de selección para cada especialidad deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, en concreto, las siguientes situaciones:

a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquel; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con alguna persona interesada.

b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de las personas interesadas, con las administradoras de entidades o sociedades interesadas y también con las asesoras, representantes legales o mandatarias que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con estas para el asesoramiento, la representación o el mandato.

c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.

d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.

e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar. Específicamente, de acuerdo con el art. 8.4 del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes, aprobado por el Real decreto 276/2007, se abstendrán de intervenir en el proceso selectivo aquellos miembros que, en los cinco años anteriores a la publicación de la presente orden, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a acceso a las especialidades objeto de esta convocatoria, debiendo justificarlo documentalmente a la presidencia de su tribunal con anterioridad al acto de constitución del tribunal.

 

Trámite telemático para presentar dispensas, abstenciones y recusaciones

El acceso al trámite telemático aparece publicado en la etapa "Nombramiento de tribunal" que se encuentra en el apartado "Listado de etapas

 

 

     Todos los detalles e información actualizada en esta página de la web de Conselleria.

     Puedes acceder al texto íntegro de la Resolución y el listado de tribunales en el documento adjunto que se encuentra a continuación.

 

 

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